Santurtzi aprueba las bases reguladoras que establecen las ayudas para autónomos y microempresas
El impacto que la situación de excepcionalidad por el estado de alarma obliga a las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, a adaptar con la máxima celeridad las medidas oportunas para paliar los efectos que la sociedad está sufriendo. Uno de los colectivos que más sufren esta crisis son las personas trabajadoras en régimen de autónomos, que han tenido que cesar su actividad como consecuencia del actual estado de alarma. Por ello, la pasada semana el Ayuntamiento de Santurtzi anunció la creación de una partida económica extraordinaria superior al 1,3 millones de euros con el fin de ofrecer ayudas a los colectivos más desfavorecidos, incluidos los autónomos y microempresas.
El pasado viernes, y a la espera de que sean publicadas en el Boletín Oficial de Bizkaia a lo largo de la esta semana, se aprobaron por decreto de la Alcaldía de Santurtzi las bases reguladoras de estas ayudas, las cuales incluyen aportaciones de los diferentes grupos municipales, así como de los colectivos de comerciantes y hosteleros.
Las bases reguladoras de estas ayudas indican que pueden ser beneficiarios de la ayuda el comercio minorista, establecimientos de hostelería autónomos y microempresas con un máximo de 10 trabajadores, así como otros servicios profesionales que hayan cesado su actividad o que su facturación se haya reducido en al menos un 75 % respecto a la media del semestre anterior.
Así, y desde un día después de que esta medida sea publicada en el BOB, las personas que así lo deseen podrán presentar la solicitud de subvención, que están ya disponibles en la página web del Ayuntamiento, durante un plazo de siete días naturales.
“Intentamos ayudarles dentro de las humildes posibilidades del ayuntamiento. Además, tal y como nos comprometimos, pronto anunciaremos cómo tramitar otra ayuda adicional para ayudarles en el pago de los impuestos municipales”, ha señalado la alcaldesa de Santurtzi, Aintzane Urkijo.
Junto a dicha solicitud, se debe presentar la siguiente documentación, tal y como se desprende de las propias bases reguladoras aprobadas:
· Declaración responsable conforme al modelo de la solicitud.
· Copia del abono de los recibos de autónomos meses de enero y febrero de 2020.
· Copia de la resolución del cese de actividad o documento justificativo de su solicitud debiendo aportar dicho documento de resolución de cese en el momento de su recepción.
· Copia del DNI de la persona solicitante
· Copia escritura apoderamiento para sociedades
La cuantía máxima a recibir será de 600 euros en un pago único para los establecimientos cerrados y un 75 % de esta cantidad, con un máximo de 450 euros, para los restantes supuestos.
El plazo estimado para la resolución será de 7 días naturales a partir de la finalización del plazo de solicitudes y el abono de las cantidades resultantes se realizará previsiblemente en los siete días naturales siguientes a resolución, mediante transferencia bancaria.